jueves, 8 de abril de 2010

Libertad de contaminación/ impunidad ambiental


“Somos todos ecologistas, hasta que alguna medida concreta limita la libertad de contaminación.” (Extracto de “Es verde lo que se pinta verde”, de la obra Úselo y Tírelo, de Eduardo Galeano)

La libertad de contaminación, es lo que nos mueve en esta época de consumo desmesurado, en que la tierra es el basurero de todo lo que prescindimos para satisfacer las que creemos son nuestras necesidades básicas. Y cuando sentimos afectadas nuestras necesidades básicas, nos convertimos en seres irracionales capaces de transgredir los derechos del otro y del entorno con tal de saciar nuestra voluntad que lejos de ser necesidades humanas son caprichos alienados.

Justo cuando esto sucede, la naturaleza del ser humano actúa según la lógica de que “el fin justifica los medios”. Es por ello que las leyes juegan un papel importante en cualquier sociedad, ya que nos permiten medir y regular las conductas del ser humano, para que este pueda vivir lo más cercano al respeto y la igualdad.

En el tema ambiental la dinámica es exactamente la misma, sólo que las leyes se han generado para regular la relación ser humano-ambiente, con el propósito de que la misma sea lo más racional y sostenible posible, principalmente respecto del ambiente, que necesita de la colectividad y principalmente del Estado, para preservar su integridad y defender su conservación.

Pese a ello existen empresas, personas individuales, funcionarios públicos, políticos, comerciantes, que violan las leyes de protección al ambiente con tal de beneficiar sus intereses privados sobre los de la colectividad, violentando el principio social de Bien Común que garantiza nuestra Constitución Política; cometiendo delitos y faltas que difícilmente son denunciados por miedo a represalias y que de serlo, casi ninguno es castigado. Así opera la impunidad ambiental.
La impunidad ambiental, es aquel estado de corrupción legal, económica, política, social y cultural que garantiza que todas las agresiones y violaciones al derecho humano a un ambiente sano, cometidas por un sujeto público o privado y que son punibles, es decir, que se deben sancionar conforme la ley, no sean castigadas.

Al respecto, es necesario comprender que si bien existe impunidad ambiental dentro del Organismo Judicial, reflejada por ejemplo, en el hecho que en 2009, fueron presentadas 938 de denuncias a los tribunales, de las cuales únicamente 49 llegaron a sentencia o por otras causas propias del engranaje judicial, existe también impunidad ambiental fuera de los tribunales, ya sea en las instituciones públicas responsables de velar por la protección del ambiente.

En Guatemala la explotación desmedida petrolera y minera, la tala ilegal de bosques y la usurpación de áreas protegidas, son los ejemplos más latentes respecto de la impunidad ambiental, puesto que pese a que el ambiente se encuentra protegido constitucionalmente y que existen normas que tipifican delitos y faltas, la mayoría de casos que llegan a los tribunales, no obtienen justicia debido a la corrupción, las amenazas, la ignorancia de la ley y la negligencia. Y aquellos casos que no llegan al conocimiento de los jueces, se quedan sin ser denunciados por causas similares, o por falta de recursos de las instituciones responsables del organismo ejecutivo, que no tienen la capacidad de asumir el mandato que se les ha encargado o porque no cuentan con legislación lo suficientemente efectiva o coercitiva, que permita luchar contra los autores de violaciones al ambiente. Incluso porque existe legislación aprobada por el órgano legislativo, violatoria de la Constitución Política de la República de Guatemala, que permite prácticas irracionales y no sustentables en contra del ambiente.

La impunidad ambiental afecta el Estado en su conjunto, ya que mina todos sus organismos y considerando que dentro del concepto de Estado se incluye la población, la misma juega un papel muy importante ya que si no se informa, exige, participa y denuncia, se convierte también en un generador de impunidad. La libertad de contaminación no es más que la indiferencia de una sociedad frente a sus necesidades muy personales; el ambiente es personal, es de todos y si no procuramos su defensa somos generadores de impunidad ambiental.

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